Poder Judicial de Costa Rica

Poder Judicial con presupuestos a la baja resuelve más asuntos en todas la materias

  • El plan de inversión del Poder Judicial con respecto a los ingresos corrientes del Estado, para el año 2024 es el más bajo de los últimos 20 años.

Durante los últimos años, el presupuesto del Poder Judicial registra una tendencia a la baja y el 2024 será el plan de gasto con la más baja asignación de recursos respecto de los ingresos corrientes en los últimos 20 años.  Con estos dineros asignados se emprenden acciones para atender el tema del rezago judicial, ante el incremento de las causas judiciales en las distintas materias, así hacerle frente a todos los compromisos y servicios contraídos que no es posible dejar de atender.

Los siguientes datos se divulgan para contrarrestar  la desinformación ante la opinión pública, tras las declaraciones brindadas por una legisladora en la sesión del Plenario del pasado 17 de octubre, relacionadas con el funcionamiento, gestión  y remuneraciones del Poder Judicial, que no se apegan a datos técnicos.

De acuerdo con la Dirección de Planificación del Poder Judicial,  se aclara que entre el período 2000-2024, el presupuesto real del Poder Judicial calculado a precios constantes del año 2000, ha crecido solo 3 veces desde ese año; mientras que la relación del plan de gasto del Poder Judicial versus el gasto público del gobierno paso del 5 % en el año 2000 al 4,2% en el año 2022.

 Las funciones y servicios judiciales aumentaron  en los últimos 30 años, debido a la creación de 114 leyes, muchas sin contenido económico, así evidenciado en el Cuarto Informe del Estado de la Justicia. Los servicios en el Poder Judicial han crecido de forma exponencial, brindando mayor resguardo jurídico y acceso a la justicia a la ciudadanía en general, lo que se visualiza también a partir de las oficinas que ha incrementado el Poder Judicial a nivel nacional.  Es decir, se han dado más recursos, pero se han extendido servicios, no se han dado más recursos para mantener las mismas competencias. En este sentido, el Poder Judicial ha incrementado sus servicios incrementando sus oficinas y servicios de forma exponencial, pasando desde el 2005 al 2023 de 648 oficinas a 890, respectivamente

A partir del 2020, el presupuesto del Poder Judicial lleva implícita una rebaja cercana a los ₡5 mil millones de colones, destinados al pago del Impuesto de Valor Agregado en todos los bienes y servicios que adquiera la institución.

Rezago judicial vs gestión judicial en datos. No es correcta la afirmación que se indica que el rezago judicial no baja y ronda los 750 mil expedientes y que existen más de 1 375 000 asuntos en proceso.

Datos reales al mes de setiembre 2023, registran un total de 698.341 asuntos en primera instancia, es decir  un 6,8% menos de lo señalado a la opinión pública y 524 mil expedientes que ya cuentan con una resolución en etapa de ejecución,  que se mantienen activos porque la institución debe darles el seguimiento de cumplimiento, muchos de ellos  corresponden a giros de recursos mensuales. Cada año los juzgadores dictan más medidas alternas que se mantienen en el circulante en espera de los plazos de cumplimiento de las medidas, llámense conciliaciones condicionadas, reparación del daño y suspensión del proceso a prueba, además de las resoluciones provisionales que se dictan en materia penal y los expedientes que se encuentran en etapa de ejecución y seguimiento en materia no penal donde ya les fue emitida una sentencia.

De los 698.341 casos en trámite, el 69,73% de estos asuntos judiciales llevan una duración de 2 años o menos.

El restante 30,27%,  registran más de dos años de tramitación y el 87,01% corresponden a expedientes de la jurisdicción de Cobro Judicial y Civil, cuyo avance y finiquito son responsabilidad de las partes y no es posible atribuir este retraso al Poder Judicial. Son procesos que requieren del impulso procesal de la partes involucradas.

El tiempo de retraso que se genera en la gran cantidad de casos, se relaciona con la primera notificación de la parte demandada y que provoca gestiones por parte de los acreedores para procurar localizar a sus deudores.  Sin esta primer notificación no es posible continuar el trámite del proceso.

No es correcto afirmar que algunas jurisdicciones, entre el período 2019-2021, resuelven menos casos.  La comparación resulta improcedente, pues compara el año antes de la pandemia, con el segundo año de mayor afectación.  Se debe considerar que debido a la situación de emergencia nacional producto de la pandemia COVID-19 y las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud, provocaron desafíos y obstáculos para el funcionamiento normal de los órganos del sistema de justicia, entre ellas, las medidas de aislamiento y distanciamiento social que causaron muchas situaciones de retraso por contagio del virus por las partes involucradas y personal del Poder Judicial.  Por el contrario, si se realiza la comparación entre 2020 y 2022 a partir del modelo de seguimiento por indicadores que determina el desempeño de cada despacho judicial, evidencia que todas las materias, en cuanto a la cantidad de casos resueltos, reflejaron una importante mejoría:

 

La mención de que el crecimiento de la cantidad de jueces en primera instancia, por cada 100 mil habitantes pasó de 17 a 28 puesto, el Poder Judicial aclara que dicha comparación se realiza con datos del 2003, respecto al 2022 donde la situación del país varió por completo, en donde la cantidad de personal del 2003 no podría hacerle frente a la cantidad de asuntos que deben resolverse al día de hoy, pues representaría un promedio de 2158 expedientes para cada juez o jueza.

Así mismo, por las características del proceso judicial, no todo el personal juzgador resuelve por el fondo; según la normativa legal, se debe clasificar el personal para atender trámite o juicio.

Cumplimiento a la normativa sobre empleo público. De acuerdo con la Dirección de Gestión Humana, como cualquier organización dedicada a brindar un servicio público, su carga presupuestaria se acentúa en las remuneraciones, las cuales se ajustan a la normativa vigente como Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas ( Ley 9635)  y la Ley Marco de Empleo Público.

 

En detalle, lo correspondiente al presupuesto de salarios (sin cargas) se detalla:

 









Año

Presupuesto Remuneraciones

Variación

2020

303,525,148,240.00

0

2021

296,657,046,747.00

-2.3%

2022

304,942,264,544.00

2.7%

2023

312,086,255,617.00

2.3%

 

 

 

 

 

El incremento reflejado a partir del año 2022 obedece a la incorporación de los recursos (más plazas)  para la implementación de la Ley de la Jurisdicción de Delincuencia Organizada (Ley 8754) que fue un compromiso país, por lo cual no responde a un  incremento en los salarios de la institución, ya que los mismos se encuentran congelados desde el año 2020 cuando se dio el último aumento por costo de vida.

 

Para tales efectos y en cumplimiento con la legislación en delincuencia organizada,  el único componente que se ha creado es el correspondiente al incentivo de especialización en dicha jurisdicción, cuyo monto para el presente año se estimó en  ¢248, 944, 495.00.

 

 Igual que el resto del Estado no se han dado aumentos  salariales,  lo que si se ha dado es crecimiento de plazas,  pero la comparación no es viable ya que se dieron en momentos diferentes.

 

No es correcta la afirmación de la legisladora al indicar  que se ha dado un incremento en pluses, el incremento del componente de índice gerencial, solo lo tiene asignado  4 personas funcionarias, a las cuales  que se les aplicó la literalidad de la  Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas,  nominalizando dicho componente. En apego a la norma vigente (Ley 9635) no es posible crear rubros, éstos únicamente están reservados a la ley.

 

Se reitera,  una vez más que en aplicación de los decretos ejecutivos desde el año  2019 a la fecha los salarios de la alta gerencia no han tenido incrementos salariales por lo tanto desde ese momento están estancados. Y para el resto del personal el último aumento fue el promulgado por el Decreto Ejecutivo 42121-MTSS-H-MIDEPLAN del año 2020.

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